Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VIOLACIONES ALEGADAS, AL QUEJOSO LE CORRESPONDE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 383227 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4485

Al quejoso toca demostrar la existencia de las violaciones alegadas, y cuando no aporta las pruebas necesarias, debe negarse la protección federal solicitada, porque si bien es verdad que la autoridad responsable está obligada a justificar su informe, también lo es que tratándose de juicios de amparo contra las Juntas de Conciliación y Arbitraje, el quejoso está en aptitud, solicitando las copias certificadas que fueren necesarias, de probar las violaciones que se hubieren cometido, y si no lo hace, deja de cumplir el principio general de que el que afirma está obligado a probar; así es que si se tacha de no ser jurídica la consideración en que se fundó la Junta de Conciliación y Arbitraje, para tener por probada una excepción y no se rinde como prueba, copia autorizada del laudo, ni la Junta se refiere en su informe a dicho punto, la Suprema Corte carece de elementos para decidir si el aludido argumento, fue o no esgrimido por la autoridad responsable.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383227-24342b44/violaciones-alegadas-al-quejoso-le-corresponde-demostrar-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 1604/33. Díaz Daniel. 6 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis