DEMANDA DE AMPARO, RATIFICACION DE LA.
La ratificación de una demanda de amparo solamente puede hacerse por la persona a cuyo nombre se haya interpuesto y cuando la ratificación se hace por persona en cuyo nombre no ha sido pedido el amparo, esa ratificación no surte ningún efecto legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383934-b3980048/demanda-de-amparo-ratificacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3616/30. Sindicato de Obreros "Cuauhtémoc" y coagraviada. 27 de julio de 1931. Mayoría de tres votos. Disidente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia.
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