PROPIEDAD, PRUEBA DE LA.
Una prueba testimonial sirve sólo para probar hechos o causas jurídicas que son perceptibles por los sentidos, y por tanto, no es idónea para probar la propiedad cuando las declaraciones no son aptas para hacer conocer cual ha sido la causa generadora de dicha propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386215-8eec908a/propiedad-prueba-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8555/50. Rodríguez Julián. 30 de julio de 1951. Mayoría de tres votos. El Ministro Mariano Azuela Jr., no asistió por los motivos que constan en el acta respectiva. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota:
La tesis que antecede, forma parte de la precedencia que respalda a la Jurisprudencia 235, Cuarta Parte, Tercera Sala, Apéndice 1917-1985, pág. 662.
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