Corpus
Modo: Corpus Pro

CONCURRENCIA DE VIOLACIONES DE PROCEDIMIENTO Y DE FONDO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 386845 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1972, Parte II; Pág. 25

Si de las constancias de autos aparece que al quejoso, al tramitarse el recurso de apelación instaurado por el Ministerio Público, contra la sentencia absolutoria de primera instancia, no se le hizo notificación alguna, de la que se deduce que por tal motivo no tuvo oportunidad de estar asistido de defensor en segunda instancia, y tal hecho se reclama como violación procesal en el amparo, la que juzgada a priori implica que deba concederse el amparo para el efecto de que quede subsanada esa omisión, pero de cualquier manera las diversas violaciones de fondo alegadas son fundadas por no encontrarse comprobado en autos el cuerpo del delito contra el quejoso, lo que implica que deba concederse el amparo solicitado en forma absoluta, de todas suertes esta Primera Sala considera que con el fin de que las autoridades responsables no incidan en la comisión de irregularidades notorias, como la del caso, es conveniente estudiar ambas violaciones reclamadas por el quejoso en su demanda, con el objeto de recalcar a las responsables su omisión.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386845-c8000b3d/concurrencia-de-violaciones-de-procedimiento-y-de-fondo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3466/70. Octavio Fuentes Sanromán. 26 de julio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.

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