Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBAS, DESECHAMIENTO DE LAS. NO CAUSA AGRAVIO CUANDO SE RELACIONAN CON EL FONDO Y DEBE SOBRESEERSE EL JUICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 800171 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 548

No causa agravio alguno la decisión de un Juez de Distrito que desecha pruebas relacionadas con el fondo del asunto, cuando tiene la convicción, sobre base sólida, de que el juicio de garantías habrá de ser sobreseído al dictarse la resolución definitiva y el Tribunal que conoce de la revisión advierte que el sobreseimiento impugnado es correcto.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800171-7a54bd94/pruebas-desechamiento-de-las-no-causa-agravio-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 252/88. Julio César Muñiz Posada y otros. 12 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Francisco de Jesús Arreola Chávez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.