CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha venido declarando que el juzgador goza en principio, de las más amplias facultades para la comprobación del cuerpo del delito, aun cuando se aparte de los medios específicamente señalados por la ley, con tal de que los empleados no pugnen con la propia ley, con la moral o con las buenas costumbres.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/800922-bd1d59ed/cuerpo-del-delito-comprobacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1101/59. Eucario García Cruz y coagraviados. 2 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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