DOCUMENTOS, EFECTOS DEL RECONOCIMIENTO DE LA FIRMA.
Reconocida la firma en un documento por su autor aunque el mismo no reconozca el contenido del documento, no puede considerarse falsificado, pues siendo verdadera la firma se presume como cierto el contenido, salvo que se demuestre lo contrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801407-097197a0/documentos-efectos-del-reconocimiento-de-la-firma · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6407/57. Carlos F. Baeza. 25 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
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