APELACION, MATERIA DE LA.
La materia de la segunda instancia queda circunscrita a las cuestiones que se plantean en los agravios, por lo que el tribunal ad quem queda impedido para entrar al estudio de cuestiones que no fueron planteadas, pues si lo hiciera supliría la deficiencia a los agravios, lo que sería ilegal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803137-eeb7d5d4/apelacion-materia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 254/59. Margarita López Hernández. 31 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XVII, página 48. Amparo directo 7526/57. Consuelo Robles de Izácal. 19 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XVII, página 48, esta tesis aparece bajo el rubro "APELACION, MATERIA DE LA LITIS EN LA (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y DEL ESTADO DE SINALOA).".
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