VENTA AD CORPUS Y AD MENSURAM, CONCEPTO DE.
La venta ad corpus es aquella en que se calcula el precio en forma alzada, teniendo en cuenta la individualidad de la cosa misma, tomada en su conjunto, sin referencia a una determinada unidad de medida. En cambio, la venta ad mensuram, es aquélla en la cual el precio se establece en función de una concreta unidad medida, v. gr. metro, kilogramo, litro, etcétera. De modo que en las ventas ad corpus, no se hace una estimación especial de sus partes o medidas, pues en ellas lo fundamental son los linderos, resultando así de importancia secundaria la mención que se hiciere a la superficie, lo que no afectará ni al precio ni a la validez del contrato, ya que el vendedor tiene que entregar todo lo que se comprenda dentro de los linderos, aun cuando exceda de la superficie señalada en el contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803620-dab1119e/venta-ad-corpus-y-ad-mensuram-concepto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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