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Modo: Corpus Pro

LEYES DE INGRESOS DE LA FEDERACION. PUEDEN DEROGAR LEYES FISCALES ESPECIALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 806095 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXIII, Primera Parte; Pág. 10

Es inadmisible el argumento en el sentido de que las Leyes de Ingresos de la Federación no pueden modificar las disposiciones de las leyes fiscales especiales, ya que por una parte si bien es verdad que tales ordenamientos tienen vigencia anual y constituyen un catálogo de impuestos, también contienen otras disposiciones de carácter general que tienen por objeto coordinar la recaudación de las contribuciones, y por otra parte dichas Leyes de Ingresos poseen la misma jerarquía normativa que los ordenamientos fiscales de carácter especial, y por tanto pueden modificarlas y derogarlas en determinados aspectos que se consideren necesarios para una mejor recaudación impositiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806095-7c0d1ad0/leyes-de-ingresos-de-la-federacion-pueden-derogar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 7706/62. Transportadora Sinaloense, S. A. de C. V., y coagraviados. 6 de mayo de 1964. Mayoría de diecisiete votos. Ponente: Mariano Azuela.

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