PROCEDIMIENTO FISCAL.
Si bien es cierto que puede demostrarse con diversos medios de prueba, que se presentó determinada documentación en la fase oficiosa del procedimiento, también lo es que si en el caso especial no existe ningún dato que permita concluir con certeza que el Departamento del Impuesto sobre la Renta, tuvo a la vista cierta documentación, que no aparece sellada, debe declararse infundada la afirmación, en el sentido de que la circunstancia de que no aparezca sellada parte de la documentación rendida como prueba en el juicio, no significa que no fue presentada en la fase oficiosa del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808247-3eed3532/procedimiento-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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