CONFESION DEL REO.
No puede tenerse por circunstanciada, si es necesario depurarla mediante la práctica de otras diligencias, porque el delincuente haya faltado a la verdad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/809728-1fe7d3ae/confesion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2919/27. Navarro Alfredo. 17 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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