MANDATARIO.
El mandatario, al efectuar un cobro, no puede disponer de lo que reciba en virtud del mandato, so pena de incurrir en la consiguiente responsabilidad, por abuso de confianza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810153-a293a7e6/mandatario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3499/28. Martínez de Castro Ignacio. 30 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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