CONTRAFIANZA.
La contrafianza es improcedente si su aceptación hace imposible volver las cosas a su estado anterior, en el caso de que se concede la protección federal, como sucedería con la ejecución de un remate, puesto que el inmueble no podría reivindicarse del rematante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810683-23d19e4d/contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Trinidad Espinosa. 22 de junio de 1925. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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