RESIDENCIA POR MAS DE SEIS MESES.
Conforme al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, la residencia por más de seis meses en un lugar, produce la pérdida del domicilio anterior, a menos de que el interesado haga una declaración ante la autoridad municipal de su antigua residencia, sobre su intención de conservar ese domicilio.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia positiva. Suscitada entre los Jueces de primera instancia de Actopan, Hidalgo, y Sexto de lo Civil de la capital. 16 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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