QUEJA SIN MATERIA.
Debe declararse así, la que se endereza contra el Juez de Distrito, cuando éste ha pronunciado ya la sentencia respectiva, en el juicio en el cual se presenta la queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811241-a16d9484/queja-sin-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Contreras Rogerio. 15 de noviembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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