SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO.
No pueden ser reformadas en aquellos puntos respecto de los cuales no ha expresado agravio al recurrente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811325-cf0f0303/sentencias-de-los-jueces-de-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Aguinaga Pedro de. 20 de agosto de 1921. Mayoría de ocho votos. Ausente: José M. Mena. Disidente: Alberto M. González. Excusa: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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