SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
Procede siempre que de ella no se sigan perjuicios a la sociedad, al Estado o a un tercero.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811368-6feac8a2/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Cisneros Peña Arturo. 18 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el ponente.
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