AMPARO EN MATERIA CIVIL.
Es de estricto derecho, y se viola la ley con suplir en él la intención del quejoso, haciendo figurar hechos distintos de los que aparecen en la demanda y que han sido motivo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811597-757e5964/amparo-en-materia-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Nava Blas. 25 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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