ACCION PENAL.
Su ejercicio corresponde al Ministerio Público; de manera que cuando él no ejercita esa acción, no hay base para el procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811615-d0ad99a3/accion-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Ceja José A. 28 de octubre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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