INFORMACION AD PERPETUAM PARA ACREDITAR QUE EN VIRTUD DE LA POSESION SE HA OPERADO LA PRESCRIPCION ADQUISITIVA.
Si con la información ad perpetuam se trataba de justificar que en virtud de la posesión de los promoventes se había operado a su favor la prescripción y por ello se habían convertido de poseedores en propietarios, pero en dicha información no se dio, a quienes aparecía como dueño del inmueble en las Oficinas Recaudadoras y en el Registro Público de la Propiedad, la intervención legal correspondiente a fin de que pudiera repreguntar a los testigos y contradecir las pretensiones de los promoventes, dicha información es nula y carece de toda validez legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813537-ab6bf49d/informacion-ad-perpetuam-para-acreditar-que-en-virtud · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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