Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

NOTARIOS PUBLICOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 813886 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 76

Los notarios no pueden autorizar una escritura cuando los interesados no se presentan a firmarla dentro del término de un mes de la fecha en que se otorga, y en ese caso están obligados a poner al pie de dicha escritura la razón de "No pasó", salvo el siguiente caso de excepción: Cuando fue firmada dentro del mes sin que se hubiese hecho el entero del impuesto, pues en tal caso puede ser revalidada. De aquí se deduce, que cuando un notario a quien se le ha impuesto la multa respectiva por afirmar la autoridad correspondiente que ha violado los artículos 80 de la Ley del Notariado y 113 de la Ley del Timbre dice que no ha cometido la violación porque la escritura fue firmada dentro del término que marca la ley, es incuestionable que está en la ineludible obligación de acreditar ese hecho.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813886-88db74d4/notarios-publicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 890/41. Jesús Monroy Terrés. 26 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis