IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.
Las causales de improcedencia deben estar fehacientemente probadas en autos y no inferirse a bases de presunciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818823-614b704b/improcedencia-del-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 4827/57. El Pino, S. A. y coagraviados, y Resinera de Morelia, S. A. (acumulados). 6 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
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