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Modo: Corpus Pro

FIDEICOMISO E IMPUESTO SOBRE TRANSMISIÓN DE DOMINIO. LAS LEYES DE HACIENDA Y DE INGRESOS PARA 1974 DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NO INVADEN LA ESFERA FEDERAL.-

Clave: 1153 · Registro digital (IUS): 901826 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo I, Const., P.R. SCJN; Pág. 810

Si bien es cierto que, para la existencia de las operaciones de fideicomiso es indispensable la intervención de alguna institución de crédito debidamente autorizada que figure con el carácter de fiduciario y que, en ese sentido, el fideicomiso es una típica operación bancaria y aun cuando también sea verdad que esta Suprema Corte de Justicia ha sostenido que sólo la Federación está facultada para imponer gravámenes a las instituciones de crédito, respecto a lo dispuesto en el artículo 73, fracción XXIX, de la Constitución General de la República, la realidad de las cosas es que la Legislatura Local del Estado de Baja California no grava las operaciones bancarias de fideicomiso con las Leyes de Hacienda y de Ingresos de 1974 del propio Estado, sino que grava la transmisión de dominio, por lo que no vulnera el precepto constitucional ni invade la esfera de la autoridad federal. Efectivamente, un examen sistemático, tanto del artículo 4o., inciso A, de la Ley de Ingresos citada, como de la Ley de Hacienda del Estado de Baja California, en su capítulo II, que regula lo relativo al "impuesto sobre transmisión de dominio", y en especial el análisis de su artículo 28, pone en relieve que el Congreso Local en ningún momento estableció el gravamen sobre las operaciones de fideicomiso, porque el hecho generador del citado impuesto lo constituye la transmisión de dominio y de derechos reales o posesorios de bienes inmuebles, y si la ley fiscal aclara que se causa el tributo sin importar que ese hecho de transmisión se realice con motivo de un fideicomiso, ello no significa que se grave esta última operación. En otras palabras: el impuesto reclamado grava el hecho de transmisión, no el de celebración de fideicomisos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901826-7c3308b8/fideicomiso-e-impuesto-sobre-transmision-de-dominio-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1501/75.-Banco Nacional de México, S.A.-27 de abril de 1982.-Unanimidad de quince votos.-Ponente: Mario G. Rebolledo F.-Secretario: Juan Manuel Arredondo Elías. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 157-162, Primera Parte, página 149, Pleno.

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