PODER PÚBLICO.-
Es una de las manifestaciones activas de la soberanía, en la potestad concedida por el pueblo a sus mandatarios, para ejercer ciertos derechos y facultades y, bajo tal aspecto, los Municipios tienen poder, gozan de alguna potestad, en el ejercicio de sus funciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/903881-faa9b445/poder-publico-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Controversia constitucional entre el Ayuntamiento de Teziutlán y la Legislatura del Estado de Puebla.-29 de marzo de 1919.-Mayoría de ocho votos.-El Ministro José M. Truchuelo no votó en este asunto por las razones que se hacen constar en el acta del día.-Disidentes: Enrique Colunga y Victoriano Pimentel.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo IV, página 730, Pleno.
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