ALLANAMIENTO DE MORADA.-
Una de las características fundamentales del delito de allanamiento de morada, es que va dirigido contra las personas y, por tanto, los derechos que afecta son puramente personales, según se desprende del lugar que ocupa el artículo respectivo del código, y del propósito que lo informa, cual es el de que sean castigados los atentados cometidos por particulares en contra de las personas, en su domicilio y prerrogativas inherentes; y si no afecta directamente y como consecuencia necesaria, bienes de carácter patrimonial, resulta indebido que, bajo el pretexto de restituir al ofendido en el goce de los derechos afectados por el allanamiento de morada, se ordene el desposeimiento de la casa que se dice allanada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905148-ca82fdfb/allanamiento-de-morada-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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