CONFRONTACIÓN, DILIGENCIAS DE.-
Las diligencias de confrontación pierden su eficacia, si lo que de ellas se deduzca, está en contradicción con las declaraciones rendidas anteriormente en el proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905736-ab98f06d/confrontacion-diligencias-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6201/33.-García Palacios José.-14 de agosto de 1935.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: Rodolfo Chávez S.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XLV, página 2842, Primera Sala.
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