Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

EXTRADICIÓN INTERNACIONAL. LA DETENCIÓN PROVISIONAL QUE PREVÉ SE BASA EN PRUEBAS QUE ACREDITAN EL CUERPO DEL DELITO Y LA PROBABLE RESPONSABILIDAD DE LA PERSONA RECLAMADA.-

Clave: 1251 · Registro digital (IUS): 906192 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 9a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 588

Según deriva de lo dispuesto en los artículos 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la Ley de Extradición Internacional, que regulan el procedimiento extraditorio, la detención provisional de la persona reclamada por un Estado solicitante no puede, válidamente, basarse en una simple petición del requeriente, sino que debe apoyarse en documentos en los que se exprese el delito por el que se pide la extradición, las pruebas que acreditan la existencia del cuerpo del delito y la probable responsabilidad de la persona reclamada, así como la existencia de una orden de aprehensión emitida en su contra por una autoridad competente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906192-b42c89b2/extradicion-internacional-la-detencion-provisional-que-preve-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2830/97.-Jorge Andrés Garza García.-24 de febrero de 1998.-Unanimidad de diez votos.-Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán.-Ponente: Juan Díaz Romero.-Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, mayo de 1998, página 131, Pleno, tesis P. XLVII/98.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis