LESIONES, NATURALEZA DE LAS.-
No obsta que no se haya dado fe de sanidad de las lesiones, si la clasificación de éstas fue hecha por peritos capaces de saber su duración y consecuencias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906685-95269fd5/lesiones-naturaleza-de-las-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9372/44.-Martínez Roberto y coags.-11 de abril de 1945.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Fernando de la Fuente.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXIV, página 480, Primera Sala.
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