SENTENCIAS DEFINITIVAS.-
Por sentencia definitiva en materia penal, debe entenderse la que resuelve el proceso, y la ejecutoriada es aquella que no admite recurso alguno; y la sentencia que se dicte en el juicio de garantías, no impone determinada pena, ya que solamente tiene por objeto analizar si hubo o no, violación de garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907927-007e6226/sentencias-definitivas-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1267/30.-Guzmán Salazar Hipólito.-13 de enero de 1932.-Mayoría de tres votos.-Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXXIV, página 285, Primera Sala.
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