SUPREMO TRIBUNAL MILITAR, INTEGRACIÓN DEL.-
La objeción concerniente a que el fallo cuestionado se aprobó por mayoría de dos votos, carece de consistencia, si de lo actuado consta que de los cinco miembros que integran el Supremo Tribunal Militar, dos de ellos se excusaron y, conforme al artículo 9o. del precitado código de justicia que rige en el fuero de guerra, dicho tribunal puede constituirse legalmente con sólo tres de sus miembros.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907995-8b2c1119/supremo-tribunal-militar-integracion-del-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5990/49.-Rocha Garibay Roberto.-7 de septiembre de 1950.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Chico Goerne.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CV, página 2185, Primera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- SUPREMO TRIBUNAL MILITAR, INTEGRACION DEL. (s/clave)
- SUPREMO TRIBUNAL MILITAR, INTEGRACIÓN DEL.- (3055)
- SUPREMO TRIBUNAL MILITAR, INTEGRACION DEL. (s/clave)
- TRIBUNAL DE JUSTICIA MILITAR, SENTENCIAS DEL. (s/clave)
- SUPREMO TRIBUNAL MILITAR. (s/clave)
- DELITOS MILITARES.- (1027)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis