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Modo: Corpus Pro

ALMACENAMIENTO DE ARMAS, CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE.-

Clave: 3603 · Registro digital (IUS): 908544 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. TCC; Pág. 1708

El enlace armónico y sistemático de los artículos 37, 42, 65, 66 y 67 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y 71 de su reglamento, permiten concluir que para que se configure el delito de que se trata deben concurrir permisos específicos, bien sean generales, ordinarios o extraordinarios, para el establecimiento de fábricas y comercios de armas, que facultan al acusado a realizar actividades y operaciones industriales y comerciales con armas, municiones, explosivos, artificios y sustancias químicas; o en su caso, uno distinto que le permita su almacenamiento, como actividad complementaria del permiso específico, sujeto a las cantidades y locales que la autoridad designe, esto es, si el demandado concentra determinada cantidad de dichos objetos sin mediar el permiso correspondiente, no se actualizará la figura delictiva de almacenamiento de armas. Esto significa que únicamente se tipificará el cuestionado ilícito, si el activo omite ceñirse al permiso específico o al complementario previamente obtenidos, lo que implica además apartarse del control y vigilancia que corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional, al almacenar objetos en cantidad mayor a la que ampara aquella autorización, o lo hace en lugar distinto al que le fue asignado.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908544-9d41e7fb/almacenamiento-de-armas-configuracion-del-delito-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 130/94.-Gustavo Alvarado Hernández.-15 de marzo de 1994.-Unanimidad de votos.-Ponente: Froylán Guzmán Guzmán.-Secretario: Ulises Domínguez Olalde. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, junio de 1994, página 514, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XVI.2o.22 P.

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