SOCIEDAD MERCANTIL, REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA.-
Del texto de los artículos 10, 143 y 148 de la Ley General de Sociedades Mercantiles no se desprende que el presidente del consejo de administración de una sociedad mercantil, por el solo hecho de su nombramiento, pueda tener la facultad de representar legalmente en juicio a la sociedad. La representación del consejo corresponde a su presidente, pero sólo en lo relativo a la ejecución de actos concretos que se refieran a su objeto social y cuando no se haga la designación especial de un delegado para tal efecto. En consecuencia, si la empresa cuenta con un consejo de administración, a este corresponde su representación, en su carácter de órgano colegiado, salvo que los estatutos establezcan un sistema diverso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914065-95e3af24/sociedad-mercantil-representacion-legal-de-la-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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