Corpus
Modo: Corpus Pro

SUCESIONES. PERSONALIDAD. CARECE DE ELLA CUALQUIERA QUE NO SEA EL ALBACEA.-

Clave: 1445 · Registro digital (IUS): 915053 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, P.R. TCC; Pág. 1062

Un codemandado y heredero carece de personalidad para promover a nombre de la sucesión, la que sólo puede ser representada por el albacea.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/915053-d8dec7f4/sucesiones-personalidad-carece-de-ella-cualquiera-que-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1272/79.-Juan Aguilar Mondragón.-12 de septiembre de 1980.-Unanimidad de votos.-Ponente: Gustavo Rodríguez Berganzo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, página 2953, tesis 1831, de rubro "SUCESIONES. REPRESENTACIÓN LEGAL.". Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 139-144, Sexta Parte, página 149, Tribunales Colegiados de Circuito.

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