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CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFÍA. FECHA LÍMITE PARA SOLICITARLA TRATÁNDOSE DE ELECCIONES LOCALES.-

Clave: 78 · Registro digital (IUS): 920847 · Tipo: Tesis aislada
Época: 3a. Época · Instancia: Sala Superior · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [TA]; 3a. Época; Sala Superior; Ap. Act. 2001; Tomo VIII, P.R. Electoral; Pág. 103

La determinación de la fecha límite para solicitar la expedición de credenciales para votar con fotografía, que deban utilizarse en determinadas elecciones locales, está sujeta, en principio, a la normatividad electoral de la entidad correspondiente; de manera que, sólo podría justificarse la negativa de la autoridad responsable de tramitar y expedir la credencial para votar con fotografía, para que el ciudadano esté en condiciones de participar en una elección local, si la causa de tal denegación estuviera prevista en la ley de esa entidad, en virtud de que, si bien en el artículo 151, párrafo 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, se precisa como fecha límite para solicitar la credencial para votar con fotografía, el último día de febrero del año de las elecciones, sin embargo, las previsiones establecidas en dicho ordenamiento, están referidas al supuesto de los procesos electorales federales, y por consecuencia, no comprenden los relativos a los de las entidades federativas, de ahí que, tampoco pueden aplicárseles, en atención a que éstos se realizan no sólo en el año y fecha en que se llevan a cabo las elecciones para renovar los órganos federales de representación, sino también en los dos años intermedios, y en fechas que pueden variar de una elección a otra.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/920847-817ccf6e/credencial-para-votar-con-fotografia-fecha-limite-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-010/2001.-Rocío Elizabeth Guzmán Cornejo.-23 de mayo de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.-Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores. Revista Justicia Electoral 2002, Tercera Época, suplemento 5, página 51, Sala Superior, tesis S3EL 075/2001.

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