INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. LA POSIBLE PARTICIPACIÓN DE UNA AUTORIDAD FEDERAL EN LA INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA NO DETERMINA LA COMPETENCIA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA EXPEDIR LA LEY RELATIVA.
De conformidad con los artículos 70, 73 y 74 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal es un órgano administrativo desconcentrado de la administración pública de esa localidad y los órganos superiores de ésta son el consejo directivo y el presidente. El consejo directivo se integra, entre otros, por un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la administración pública federal quien, en caso de aceptar la invitación, participará con derecho a voz y voto. Ahora bien, la circunstancia de que la ley permita, por invitación, la participación de una autoridad federal en la conformación del consejo directivo de la junta es irrelevante para determinar la competencia del órgano legislativo encargado de emitir la ley de referencia y, por ende, en nada afecta la facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que le confiere el artículo 122, apartado C, base primera, fracción V, inciso i), de la Constitución Federal para legislar en dicha materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1001155-87f7231d/instituciones-de-asistencia-privada-para-el-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. LA POSIBLE PARTICIPACIÓN DE UNA AUTORIDAD FEDERAL EN LA INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA NO DETERMINA LA (P./J. 89/99)
- INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. LA POSIBLE PARTICIPACIÓN DE UNA AUTORIDAD FEDERAL EN LA INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA NO DETERMINA LA (155)
- INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. COMPETE AL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTAR LA LEY RELATIVA Y NO AL EJECUTIVO FEDERAL.- (152)
- INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. COMPETE AL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTAR LA LEY RELATIVA Y NO AL EJECUTIVO FEDERAL. (180)
- INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL. COMPETE AL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTAR LA LEY RELATIVA Y NO AL EJECUTIVO FEDERAL. (P./J. 88/99 )
- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL. TIENE FACULTADES PARA ABROGAR LA LEY DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA PARA EL DISTRITO FEDERAL EXPEDIDA POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN (168)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis