AMPARO Y JUICIOS ADMINISTRATIVOS, FINALIDAD DE LOS.
La función de los tribunales administrativos, y muy especialmente de los tribunales de amparo, no consiste en obligar a los particulares a cumplir con la ley, ya que ésta es la función esencial y propia del Poder Ejecutivo. Y la función esencial y propia del Poder Judicial consiste en tutelar los derechos de los gobernados y vigilar que el Poder Ejecutivo se ajuste a la Constitución y a las leyes, al cumplir su misión de hacerlas cumplir y respetar. De lo contrario, el Poder Judicial se avocaría a las funciones del Poder Ejecutivo, y las propias de aquél quedarían sin vigilancia ni fruto. Así pues, al examinar las cuestiones de fondo que se les plantean, y especialmente al examinar las causales de improcedencia que podrían impedir el estudio de las cuestiones de fondo, los tribunales deben procurar la mayor amplitud para resolver sobre los derechos y obligaciones de los gobernados y autoridades, en cuanto al fondo de sus pretensiones, sin hacer de la técnica procesal un monstruo que venga a estorbar y hacer menos eficaces los recursos y medios de defensa de que disponen los gobernados, ya que es lógico estimar que la intención del legislador al establecer esos recursos y medios de defensa fue el proporcionar a los gobernados manera de que los tribunales analicen el fondo de sus pretensiones, para que se respire un clima de derecho, y no el crear estorbos e impedimentos para que puedan hacer valer sus derechos; como también es lógico pensar que no fue la intención del legislador crear una técnica procesal compleja y bizantina que permitiera a las autoridades administrativas imponer a los particulares cargas más onerosas que las autorizadas por el legislador, ni el que tales autoridades obtengan de los particulares beneficios que no deriven tanto de su derecho a obtenerlos, cuanto de una técnica procesal rigurosa o rigorista que haga difícil y peligrosa la defensa de los particulares, lo que vendría a beneficiar, en último caso, a las autoridades que exigen de más y a los particulares, que tienen medios económicos suficientes para lograr defensas jurídicas óptimas para sus intereses legales.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003649-1aa1d46e/amparo-y-juicios-administrativos-finalidad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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