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CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. SON AQUELLOS A TRAVÉS DE LOS CUALES SE PRETENDE IMPUGNAR UNA SENTENCIA PRONUNCIADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA.

Clave: 1828 · Registro digital (IUS): 1003707 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Improcedencia y sobreseimiento; Pág. 2075

Si de las constancias existentes en el juicio fiscal respectivo, se advierte que la sentencia impugnada mediante el juicio de amparo directo, fue dictada en cumplimiento a una ejecutoria pronunciada por un Tribunal Colegiado, los conceptos de violación aducidos resultan inoperantes, cuando se advierte que tienden a cuestionar situaciones jurídicas que precisamente ya fueron materia de análisis en otra ejecutoria, las que por constituir la verdad legal ya no pueden estar a discusión ni mucho menos reexaminarse; amén de que resulta inaceptable pretender cuestionar lo que ya fue decidido en definitiva por la Justicia Federal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003707-5e8c5480/conceptos-de-violacion-inoperantes-son-aquellos-a-traves · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 36/2001.—Cipriano Herrera Bonilla.—22 de febrero de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jaime Raúl Oropeza García.—Secretario: Emiliano Hernández Salazar. Revisión fiscal 117/2001.—Administrador Local Jurídico de Ingresos de Puebla Sur.—14 de junio de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Víctor Antonio Pescador Cano.—Secretario: José Guerrero Durán. Amparo directo 204/2001.—Distribuidora Cannon del Sureste, S.A de C.V.—23 de agosto de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Manuel Rojas Fonseca.—Secretario: Víctor Martínez Ramírez. Amparo directo 240/2001.—Cecilio López Lazcano.—13 de septiembre de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Manuel Rojas Fonseca.—Secretaria: Blanca Elia Feria Ruiz. Amparo directo 264/2001.—Fusión Internacional Textil, S.A. de C.V.—18 de octubre de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Manuel Rojas Fonseca.—Secretario: Jesús Valencia Guerrero. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, enero de 2002, página 1141, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.3o.A. J/8; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, enero de 2002, página 1142.

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