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RECLUSORIOS Y CENTROS DE READAPTACIÓN SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL, DIRECTOR GENERAL DE. NO ES AUTORIDAD EJECUTORA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO DIRECTO.

Clave: 2025 · Registro digital (IUS): 1003904 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Cuarta Sección - Partes en el juicio de amparo; Pág. 2315

El director general de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal no es autoridad para los efectos del amparo directo, en virtud de que dicha autoridad únicamente realiza funciones administrativas consistentes, entre otras, en vigilar el buen funcionamiento y la administración de los reclusorios del Distrito Federal, sin tener intervención en la ejecución de las sentencias penales; por lo que se surte la causal de improcedencia prevista en la fracción XVIII, del artículo 73, en relación con el 11, interpretado en sentido contrario, ambos de la Ley de Amparo, y por ende, es procedente sobreseerse en el juicio de garantías, respecto de los actos reclamados a esa autoridad, con apoyo en el artículo 74, fracción III, de la mencionada Ley de Amparo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 135/88.—Roberto Procuna Pineda y José Luis González Calixto.—25 de marzo de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guillermo Velasco Félix.—Secretaria: Gloria Rangel del Valle. Amparo directo 621/88.—Héctor Sánchez Flores.—30 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Román Palacios.—Secretario: Martín Gonzalo Muñoz Robledo. Amparo directo 555/88.—Edgar Díaz Sandoval.—30 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Román Palacios.—Secretario: José Manuel Yee Cupido. Amparo directo 587/88.—Ángela Orta Ramírez.—31 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guillermo Velasco Félix.—Secretaria: Gloria Rangel del Valle. Amparo directo 617/88.—Benjamín Ramos Moraira.—31 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guillermo Velasco Félix.—Secretaria: Gloria Rangel del Valle. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Números 22-24, octubre-diciembre de 1989, página 82, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.1o.P. J/3. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 545, tesis 661.

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