Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

EMBARGO PRECAUTORIO. ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN. PROCEDENCIA DEL JUICIO CONSTITUCIONAL.

Clave: 2055 · Registro digital (IUS): 1003934 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Quinta Sección - Procedencia del amparo indirecto; Pág. 2358

El embargo precautorio que puede materializarse en caso de no efectuar un pago requerido en un juicio, sí es un acto, que de efectuarse, sería de imposible reparación, puesto que privaría al quejoso del uso y disfrute de los bienes secuestrados durante todo el tiempo que dure el juicio o el procedimiento administrativo en su caso, lo cual no sería susceptible de repararse, pues aun cuando se obtuviera sentencia favorable y se levantara el embargo, esto no restituiría al quejoso de la afectación de que fue objeto por el tiempo en que estuvo en vigor el embargo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1003934-c0c9e335/embargo-precautorio-acto-de-imposible-reparacion-procedencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 717/93.—Miguel Ángel Cantú Padilla.—20 de abril de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Enrique Cerdán Lira.—Secretario: Raúl Alvarado Estrada. Amparo en revisión (improcedencia) 27/94.—Pedro Elizaldi Cantú y otra.—17 de noviembre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez. Amparo en revisión 261/94.—Matrix Medical, S.A. de C.V.—9 de febrero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Enrique Cerdán Lira.—Secretario: Raúl Alvarado Estrada. Amparo en revisión (improcedencia) 36/95.—Ladrillera Mecanizada, S.A. de C.V.—29 de agosto de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ramiro Barajas Plasencia.—Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez. Amparo directo 462/98.—Felipe Vargas Alvarado.—2 de septiembre de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Juan Miguel García Salazar.—Secretaria: Angélica María Torres García. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 979, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis IV.3o. J/40; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 980. Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 439, tesis 500.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis