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EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS DE EJIDOS. NO IMPLICA UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE [TESIS HISTÓRICA].

Clave: 69 (H) · Registro digital (IUS): 1004387 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Tercera Parte - Históricas Primera Sección - SCJN; Pág. 3033

La circunstancia de que se haya llevado a cabo la ejecución del mandamiento presidencial relativo no implica la improcedencia del juicio de garantías intentado contra ese mandamiento presidencial y su ejecución, aun cuando el artículo 130 del Código Agrario establezca que "a partir de la diligencia de posesión definitiva el núcleo de población será propietario y poseedor, con las limitaciones y modalidades que este código establece, de las tierras y aguas que de acuerdo con la resolución presidencial se le entreguen", toda vez que la concesión del amparo en contra de tales actos deberá traer como consecuencia el restituir al quejoso en el goce de la garantía violada, volviendo las cosas al estado en que se encontraban antes de la violación, según lo dispone el artículo 80 de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004387-8f21a5e8/ejecucion-de-resoluciones-presidenciales-dotatorias-de-ejidos-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 554/68.—Isaías Díaz Ramos.—13 de febrero de 1969.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: José Rivera Pérez Campos. Amparo en revisión 7190/68.—Bulmaro Cordero López.—5 de julio de 1969.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Jorge Iñárritu. Amparo en revisión 9335/68.—Sucesión de Charles E. Miller Jr.—9 de julio de 1969.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Felipe Tena Ramírez. Amparo en revisión 2539/68.—José Germán Barajas.—4 de agosto de 1969.—Cinco votos.—Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 7081/68.—Óscar Fernández East.—4 de marzo de 1970.—Cinco votos.—Ponente: Felipe Tena Ramírez. Apéndice 1917-2000, Tomo III, Materia Administrativa, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 168, Segunda Sala, tesis 153. Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.

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