INTERÉS JURÍDICO, COMPROBACIÓN DEL.
Los sujetos que se consideren afectados por la ley que se impugna de inconstitucional, para comprobar su interés jurídico en el juicio de amparo, combatiéndola por esa causa, deben demostrar que están bajo los supuestos de la ley. La comprobación se puede hacer por cualquiera de los medios de prueba previstos en las leyes; y si no existe ninguna que demuestre que los quejosos estén bajo los supuestos de la ley, debe sobreseerse el juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004902-9ba2e38a/interes-juridico-comprobacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Séptima Época, Primera Parte:
Volumen 45, página 54. Amparo en revisión 2953/59.—Sindicato de Permisionarios de la Línea Cuernavaca-Cuautla-Axochiapan-Jojutla y Anexas.—5 de septiembre de 1972.—Unanimidad de diecinueve votos.—Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Volumen 52, página 45. Amparo en revisión 1519/54.—Isaías Torres y coagraviados.—3 de abril de 1973.—Mayoría de dieciséis votos.—Disidentes: Ezequiel Burguete Farrera, J. Ramón Palacios Vargas y Ernesto Aguilar Álvarez.—Ponente: Euquerio Guerrero López.
Volumen 73, página 21. Amparo en revisión 5358/63.—Eduardo Cruz Montes y coagraviados.—9 de enero de 1975.—Unanimidad de diecisiete votos.—Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Volumen 87, página 56. Amparo en revisión 5034/72.—Jorge Luna Cruz y María Primitiva Toro Rodríguez.—16 de marzo de 1976.—Unanimidad de diecisiete votos.—Ponente: Alfonso López Aparicio.—Secretario: Francisco M. Ramírez.
Volúmenes 109-114, página 111. Amparo en revisión 831/77.—"Industria Eléctrica de México", S.A.—18 de abril de 1978.—Unanimidad de diecinueve votos.—Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 109-114, Primera Parte, página 191, Pleno.
Apéndice 1917-2000, Tomo I, Materia Constitucional, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 336, Pleno, tesis 283.
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