EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO. ESTE DELITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 214, EN SU ANTERIOR FRACCIÓN V, ACTUALMENTE FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, ES DE FORZOSA COMISIÓN DOLOSA.
Mediante la reforma al Código Penal Federal –antes Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal–, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1994, se adicionó un segundo párrafo al artículo 60, en el cual se establecieron los delitos que pueden considerarse culposos. Con lo anterior, el legislador introdujo el principio numerus clausus, por el cual en la parte general de la legislación sustantiva penal, se especifican los delitos considerados de esa naturaleza, de manera que, en virtud de ese señalamiento expreso, el juzgador no puede sancionar como culposa alguna conducta fuera de las previstas en los artículos 150, 167, fracción VI, 169, 199 Bis, 289, parte segunda, 290, 291, 292, 293, 302, 307, 323, 397, 399, 414, párrafos primero y tercero en su hipótesis de resultado, 415, fracciones I y II y último párrafo en su hipótesis de resultado, 416, 420, fracciones I, II, III y V, y 420 Bis, fracciones I, II y IV del mismo ordenamiento. Por tanto, el delito de ejercicio indebido de servicio público previsto en el artículo 214, en su anterior fracción V, actualmente fracción VI, del Código Penal Federal, al no contemplarse dentro de los delitos culposos indicados, debe considerarse de forzosa comisión dolosa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005490-9c62b8c4/ejercicio-indebido-de-servicio-publico-este-delito-previsto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO. ESTE DELITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 214, EN SU ANTERIOR FRACCIÓN V, ACTUALMENTE FRACCIÓN VI, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, ES DE FORZOSA COMISIÓ (1a./J. 120/2010)
- EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO. EL DELITO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 214, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, CONFORME A SU PROPIA CONNOTACIÓN, ES DE COMISIÓN DOLOSA O CULPO (4416)
- EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PUBLICO. EL DELITO PREVISTO EN EL ARTICULO 214, FRACCION V, DEL CODIGO PENAL FEDERAL, CONFORME A SU PROPIA CONNOTACION, ES DE COMISION DOLOSA O CULPO (I.1o.P.17 P )
- EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO. EL ARTÍCULO 214, FRACCIÓN V, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, NO VIOLA LA GARANTÍA DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. (1a. CXXII/2005)
- EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO. CASO EN QUE NO SE ACTUALIZA LA HIPÓTESIS PREVISTA EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 214 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL. (XVII.15 P)
- DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 225, FRACCIÓN VIII, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL. POR SER DE FORZOSA COMISIÓN DOLOSA, SÓLO ES SANCIONABLE CUANDO SE (I.7o.P.39 P (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis