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ORDEN DE BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL INDICIADO PARA DECLARAR DENTRO DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA. ES UNA DILIGENCIA QUE INTEGRA EL MATERIAL PROBATORIO EN DICHA FASE.

Clave: 500 · Registro digital (IUS): 1005879 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; 1a. Sala; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Primera Parte - SCJN Sección - Adjetivo; Pág. 462

El principio acusatorio contenido en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obliga al Ministerio Público a que antes de ejercer la acción penal, esto es, hacer la acusación correspondiente, realice la investigación y persecución del delito, lo que se traduce en una facultad y una obligación consistente en recabar el acervo probatorio suficiente para demostrar el cuerpo del delito y la responsabilidad del inculpado. En esas circunstancias, la orden de localización, búsqueda y presentación del indiciado para que declare dentro de la averiguación previa no es otra cosa que una diligencia más para integrar el material probatorio que el Ministerio Público debe allegar dentro de esta fase procesal, para obtener los elementos suficientes para ejercer la acción penal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005879-ec8840eb/orden-de-busqueda-localizacion-y-presentacion-del-indiciado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Contradicción de tesis 80/2003-PS.—Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.—2 de junio de 2004.—Unanimidad de cuatro votos.—Ausente: Humberto Román Palacios.—Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo.—Secretaria: Eunice Sayuri Shibya Soto. Tesis de jurisprudencia 52/2004.—Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha dos de junio de dos mil cuatro. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, agosto de 2004, página 212, Primera Sala, tesis 1a./J. 52/2004; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, agosto de 2004, página 213.

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