Corpus
Modo: Corpus Pro

MULTA, PENA DE. DETERMINACIÓN DE SU CUANTÍA EN DELITOS PATRIMONIALES, CONFORME AL NUEVO CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Clave: 785 · Registro digital (IUS): 1006163 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Primera Sección - Sustantivo; Pág. 745

El artículo 38 de la citada legislación señala las reglas para la determinación de la cuantía de la pena de multa, consistentes en: a) el día multa equivale a la percepción neta diaria del inculpado en el momento de cometer el ilícito y, b) el límite inferior del día multa será el equivalente al salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse el delito. En tratándose de delitos patrimoniales, el artículo 247 del citado código punitivo establece que para determinar la multa, se tomará en consideración el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al momento de la ejecución del ilícito. Por tanto, ante dicho conflicto de normas, en aplicación extensiva del principio de especialidad de la ley, en los delitos patrimoniales para fijar la multa, deberá atenderse lo dispuesto en el numeral 247, por ser ésta una disposición contenida en la parte especial del Código Penal, que excluye a la regla general.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006163-45219d4f/multa-pena-de-determinacion-de-su-cuantia-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2292/2004.—23 de septiembre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Luis González.—Secretaria: Ana Gabriela Urbina Roca. Amparo directo 2402/2004.—30 de septiembre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Irma Rivero Ortiz de Alcántara.—Secretaria: Ivonne Haydé Martínez Amigón. Amparo directo 2692/2004.—14 de octubre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Irma Rivero Ortiz de Alcántara.—Secretaria: Ivonne Haydé Martínez Amigón. Amparo directo 1002/2005.—28 de abril de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Luis González.—Secretario: Javier Robledo Ángeles Amparo directo 2142/2005.—25 de agosto de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Luis González.—Secretaria: Ana Gabriela Urbina Roca. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, septiembre de 2005, página 1299, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.2o.P. J/23; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, septiembre de 2005, página 1300.

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