Corpus
Modo: Corpus Pro

ROBO CONTRA TRANSEÚNTE. HIPÓTESIS RELATIVA A QUE EL PASIVO DEL DELITO SE ENCUENTRE EN ESPACIO ABIERTO CON ACCESO AL PÚBLICO.

Clave: 854 · Registro digital (IUS): 1006232 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Primera Sección - Sustantivo; Pág. 817

La fracción IX del artículo 224, del Nuevo Código Penal para el Distrito Federal, reformada mediante decreto publicado en la Gaceta Oficial de esta ciudad de cuatro de junio de dos mil cuatro, prevé como agravante al tipo básico de robo descrito en el numeral 220 del citado ordenamiento penal, el que éste se cometa contra transeúnte que se encuentre en un espacio abierto con acceso al público. Luego entonces, es inconcuso que si el referido injusto es perpetrado contra la víctima que en calidad de cliente está en el área comprendida de la puerta de entrada al mostrador de cualquier negocio, se actualiza la agravante de transeúnte en la hipótesis de referencia, puesto que tal lugar constituye un espacio abierto en el que se permite libre entrada a la gente, sin que obste para ello que cuente con techo y paredes alrededor, porque la mencionada calificativa no dispone limitación de esa naturaleza (que el espacio abierto esté exento de muros), sino que lo relevante es que las personas tengan franco acceso.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006232-be9cdd76/robo-contra-transeunte-hipotesis-relativa-a-que-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 642/2006.—12 de mayo de 2006.—Unanimidad de votos.—Ponente: Irma Rivero Ortiz de Alcántara.—Secretario: Marco Antonio Meneses Aguilar. Amparo directo 42/2007.—8 de marzo de 2007.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Luis González.—Secretaria: Ana Gabriela Urbina Roca. Amparo directo 416/2009.—14 de enero de 2010.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Venancio Pineda.—Secretario: Miguel Ángel Jiménez Rodríguez. Amparo directo 417/2009.—14 de enero de 2010.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Venancio Pineda.—Secretario: Miguel Ángel Jiménez Rodríguez. Amparo directo 79/2010.—4 de marzo de 2010.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Venancio Pineda.—Secretario: Miguel Ángel Jiménez Rodríguez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, abril de 2010, página 2550, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.2o.P. J/32; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, abril de 2010, página 2551.

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