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TESTIGO ÚNICO Y TESTIGO SINGULAR. DIFERENCIAS.

Clave: 1067 · Registro digital (IUS): 1006445 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Adjetivo; Pág. 1056

En el procedimiento penal se reconoce como medio de prueba la testimonial. Ahora bien, cuando se desahoga la declaración respectiva, podemos encontrar la figura del testigo único y la del singular, las cuales difieren entre sí en cuanto al número de personas que presenciaron el hecho sobre el cual declaran. En esa tesitura, el testigo singular surge a la vida jurídica cuando existe pluralidad de personas que percibieron la realización de un hecho, pero éste se pretende probar dentro del procedimiento sólo con la declaración de uno de ellos. Mientras que la figura del testigo único se presenta cuando el hecho que se pretende probar se soporta en el dicho de la única persona que lo presenció.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006445-eb5a2eab/testigo-unico-y-testigo-singular-diferencias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 71/2003.—21 de mayo de 2003.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Arteaga Álvarez.—Secretario: Juan Manuel Morán Rodríguez. Amparo directo 777/2003.—21 de abril de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Raúl Mazariegos Aguirre, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.—Secretario: Salomón Zenteno Urbina. Amparo directo 179/2004.—5 de noviembre de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Juan Manuel Morán Rodríguez, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.—Secretario: Antonio Artemio Maldonado Cruz. Amparo en revisión 632/2004.—29 de septiembre de 2005.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alma Rosa Díaz Mora.—Secretario: José Francisco Chávez García. Amparo directo 265/2005.—23 de febrero de 2006.—Unanimidad de votos.—Ponente: Gilberto Díaz Ortiz.—Secretario: Salomón Zenteno Urbina. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, junio de 2006, página 1090, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XX.2o. J/15; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, junio de 2006, página 1079.

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