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ROBO EN GRADO DE TENTATIVA. ARTÍCULO 371 DEL CÓDIGO PENAL, PENAS APLICABLES EN EL DELITO DE (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL) [TESIS HISTÓRICA].

Clave: 405 (H) · Registro digital (IUS): 1006880 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Tercera Parte - Históricas Segunda Sección - TCC; Pág. 1495

Para la imposición de la pena, en el caso del delito de robo, previsto en el artículo 371 último párrafo del Código Penal, cuyo grado de ejecución quedó en tentativa, primero debe individualizarse el delito como consumado, y después imponer al acusado hasta las dos terceras partes de esas penas según el grado de ejecución a que se hubiere llegado en la comisión del delito en cuestión, pero si la pena a imponer resulta inferior a cinco años, que es la mínima del precepto de que se trata, se debe aplicar la regla a que se refiere el artículo 63 párrafo tercero del código penal, es decir imponerle precisamente cinco años de prisión, por tratarse de tentativa punible de delito grave, así calificado por la ley.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006880-716405ce/robo-en-grado-de-tentativa-articulo-371-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3307/97.—Armando Pérez Moscoso.—13 de marzo de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guillermo Velasco Félix.—Secretario: Héctor Miranda López. Amparo directo 3327/97.—Eduardo Andrés Elizarrarás Cruz.—13 de marzo de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Guillermo Velasco Félix.—Secretario: Héctor Miranda López. Amparo directo 115/98.—Enrique Manuel Suárez Vaca o Enrique Suárez Vaca.—29 de junio de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos de Gortari Jiménez.—Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco. Amparo directo 711/98.—Óscar Guzmán Gutiérrez.—29 de junio de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos de Gortari Jiménez.—Secretaria: Leticia Ramírez Miranda. Amparo directo 2343/98.—Nicolás Torres Pineda.—16 de noviembre de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos de Gortari Jiménez.—Secretaria: Marina Elvira Velázquez Arias. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1327, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.3o.P. J/10; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1328. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 575, tesis 694. Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.

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