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FIANZAS. REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DEL REQUERIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIONES SURGIDAS POR VIRTUD DEL INCUMPLIMIENTO DEL FIADO EN LA IMPORTACIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS EXTRANJEROS.

Clave: 775 · Registro digital (IUS): 1007695 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo IV. Administrativa Segunda Parte - TCC Primera Sección - Administrativa; Pág. 908

El artículo 143 del Código Fiscal de la Federación establece en su inciso a) que, la autoridad ejecutora requerirá de pago a la afianzadora, acompañando copias de los documentos con los que se justifique el crédito garantizado y la exigibilidad del mismo, de tal manera que para acreditar esos elementos no era necesario adjuntar el acuerdo y sistema operativo en el que sólo se fijó un procedimiento de cobro previamente convenido entre la institución afianzadora y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pues basta con que se haya adjuntado a la póliza de fianza la solicitud de importación temporal, el acta de requerimiento previo de información que se pactó entre las partes, así como el acta de incumplimiento, y el requerimiento de pago en forma, para que se tenga como válido el requerimiento de que se trata.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1007695-71f392c6/fianzas-requisitos-para-la-validez-del-requerimiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 7/97.—Procurador Fiscal de la Federación.—15 de enero de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Delgadillo Guerrero.—Secretario: Ramón E. García Rodríguez. Amparo directo 1077/98.—Afianzadora Mexicana, S.A.—16 de abril de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba.—Secretario: Horacio Armando Hernández Orozco. Amparo directo 1447/98.—Afianzadora Mexicana, S.A.—16 de abril de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba.—Secretario: José Alfredo Gutiérrez Barba. Revisión fiscal 457/98.—Procurador Fiscal de la Federación.—23 de abril 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Delgadillo Guerrero.—Secretario: Ramón E. García Rodríguez. Amparo directo 1617/98.—Afianzadora Mexicana, S.A.—30 de abril de 1998.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Delgadillo Guerrero.—Secretario: Raúl García Ramos. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, agosto de 1998, página 733, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.7o.A. J/2; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, agosto de 1998, página 734.

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