CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 1996. LAS AUTORIDADES FISCALES DEBEN PRECISAR EN EL ACTO DE MOLESTIA, EN CUÁL DE LAS DIFERENTES HIPÓTESIS JURÍDICAS QUE CONTEMPLA SU CLÁUSULA CUARTA FINCAN SU COMPETENCIA [TESIS HISTÓRICA].
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido reiteradamente que las autoridades fiscales deben citar con exactitud y precisión el apartado, párrafo, inciso o subinciso del precepto legal que las facultan para emitir el acto de molestia de que se trate, con la finalidad de salvaguardar la garantía de fundamentación consagrada en el artículo 16 de la Constitución Federal, cuya finalidad es brindar certeza y seguridad jurídica al gobernado frente a la actuación de los órganos del Estado. Ahora bien, la cláusula cuarta del convenio de colaboración administrativa mencionado contempla en sus cuatro párrafos diversas hipótesis de competencia, en cuanto a las facultades que tanto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como el Estado pueden ejercer conforme a ese convenio; por tanto, al sujetarse la eficacia o validez del acto de molestia, entre otros requisitos, a que se realice por la autoridad dentro del respectivo ámbito de sus atribuciones, por imperativo legal resulta necesario que ésta señale con precisión, en cuál de las hipótesis de competencia que prevé la citada cláusula se apoya, pues en caso de hacer cita genérica de ella, la fundamentación del acto se torna deficiente, impidiéndose así al gobernado ejercer su derecho a una defensa adecuada.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1008302-a98931df/convenio-de-colaboracion-administrativa-en-materia-fiscal-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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